El trabajo marítimo es gratificante, pero peligroso. Si usted trabaja en tierra o en un buque en alta mar, si usted se lesiona en el trabajo, usted puede tener derecho a una indemnización por lesiones personales. Un abogado marítimo de Nueva Orleans podría ayudarle a entender sus opciones legales.
Los trabajadores marítimos que sufren lesiones en el trabajo suelen estar protegidos por una de las siguientes leyes federales: La Jones Act o la Longshore and Harbor Workers' Compensation Act. Repasemos los aspectos clave de cada una de estas leyes.
La Ley Jones protege a los "marineros", que en general se definen como los trabajadores marítimos que pasan una parte significativa de su tiempo de trabajo en un buque en aguas navegables, es decir, los trabajadores cuya principal función laboral tiene lugar en alta mar. Esencialmente, si usted pasa al menos el 30% de su tiempo de trabajo en el agua, contribuyendo al trabajo de un buque navegable, está cubierto por la Ley Jones.
Carril de embarque en las terminales de Seattle por la noche
La Ley Jones establece el derecho a indemnización por lesiones ocurridas en el curso de su empleo, como resultado de la negligencia de su empleador. Por "negligencia" se entiende una conducta irrazonablemente descuidada. Algunos ejemplos de conducta negligente por parte de un empleador que puede provocar lesiones a un marinero son:
La negligencia del empresario puede provocar lesiones causadas, por ejemplo, por un accidente de resbalón y caída; la caída de un objeto; una explosión; una fuga química u otro tipo de exposición a una sustancia tóxica; o un percance con maquinaria pesada.
Si puede demostrar que ha sufrido lesiones como consecuencia de la negligencia de su empresario, puede tener derecho a una indemnización por:
Para asegurarse de que recupera el importe total de la indemnización y las prestaciones a las que tiene derecho, consulte con un abogado marítimo de Nueva Orleans con experiencia antes de firmar cualquier cosa o hacer cualquier declaración.
No todos los trabajadores marítimos son marineros. La Longshore and Harbor Workers' Compensation Act (LHWCA) protege a los trabajadores marítimos no cubiertos por la Jones Act. Más concretamente, la LHWCA protege a los trabajadores marítimos que trabajan en el agua o cerca de ella, pero cuyas principales funciones laborales tienen lugar en tierra: por ejemplo, los trabajadores portuarios, los estibadores, los constructores y reparadores navales, y los operadores de grúas portuarias y trabajadores de la construcción.
Sin embargo, el mero hecho de trabajar en un astillero o una terminal marítima no significa que esté cubierto por la LHWCA. Debe dedicarse activamente al trabajo marítimo; así, por ejemplo, los oficinistas y las personas que construyen, mantienen o reparan embarcaciones de recreo no están cubiertos.
Si usted es un trabajador marítimo cubierto y se lesiona en el trabajo, en o en una instalación cercana a aguas navegables (por ejemplo, en un puerto o muelle o en cualquier lugar donde se carguen o descarguen buques), puede tener derecho a prestaciones por incapacidad e indemnización por tratamiento médico.
Asimismo, puede tener derecho a prestaciones e indemnizaciones si contrae una "enfermedad profesional", es decir, una enfermedad contraída como consecuencia de la exposición a sustancias o condiciones nocivas durante su empleo.
Dependiendo de la naturaleza y gravedad de su lesión, puede tener derecho a percibir prestaciones por:
A efectos de la LHWCA, usted está "incapacitado" si no puede ganar el mismo salario que ganaba antes de lesionarse. Las prestaciones se pagan en función de su "salario medio semanal" en el momento en que se lesionó.
La LHWCA también prevé prestaciones médicas, incluida la indemnización por tratamientos médicos "razonables y necesarios", material médico, pruebas diagnósticas, fisioterapia y otros servicios médicos, incluido el reembolso de los gastos de desplazamiento para todos esos tratamientos.
Dependiendo de la naturaleza de sus lesiones, también puede tener derecho a recibir servicios de rehabilitación profesional.
Si se lesiona en el trabajo, debe buscar tratamiento médico de inmediato. Además, para obtener las prestaciones de la LHWCA, debe informar de la lesión a su empresa y presentar una solicitud de indemnización por escrito. Se aplican plazos estrictos a los requisitos de notificación y presentación, así que no se demore. Si su empleador impugna su reclamación de indemnización y prestaciones médicas, es posible que se le pida que presente documentación adicional en apoyo de su reclamación y que tenga que participar en un proceso de audiencia formal para resolver la disputa.
Este proceso puede llevar mucho tiempo y ser frustrante. Nuestros experimentados abogados marítimos de Nueva Orleans pueden ayudarle. Podemos completar el papeleo y hacer frente a su empleador y la Oficina de Programas de Compensación de Trabajadores para que pueda centrarse en el cuidado de su salud y su familia.
Seth Smiley - Abogado de accidentes marítimos de Nueva Orleans
Si usted trabaja en o cerca de las aguas navegables de la costa del Golfo, y se lesiona en el curso de su empleo, usted puede tener derecho a una indemnización y beneficios.
Nuestros experimentados abogados marítimos de Nueva Orleans pueden evaluar su situación y ayudarle a navegar por el proceso legal. Llámenos hoy mismo o utilice el formulario de contacto de esta página para ponerse en contacto con nosotros por correo electrónico.
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